Sentencia del Tribunal Electoral a Alfredo Paredes por violencia política de género, pone en riesgo su candidatura

0
1328

Alfredo Paredes López, alcalde con licencia de Monclova y actual precandidato a diputado federal del partido acción nacional por el tercer distrito electoral, podría negarsele el registró como candidato de su partido luego de la sentencia emitida por el Tribunal Electoral de Coahuila, que lo declaro culpable de ejercer violencia política de género en contra la regidora Delfina Villa Candelaria.

Esto luego de que durante la sesión del lunes del Consejo General del Instituto Electoral de Coahuila, fue aprobada la creación del Registro Estatal de Personas Sancionadas por Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género. Por lo que de aplicarse esta normativa, Alfredo Paredes, podría ser el primer político en México, que con el nuevo Padrón de agresores de género contra las mujeres, y con la sentencia del TEE, podrían perder el derecho a ser registrado por su partido como candidato a diputado federal.

Esta será la primera elección en que el INE y el IEC aprobaron el requisito a los aspirantes a un cargo de elección popular, de firmar un formato 3 de 3 de no haber sentenciado por ejercer violencia de género contra las mujeres, es decir no haber sido sentenciados por violencia familiar o cualquier agresión de género en el ámbito privado o público; por delitos contra la libertad sexual o la intimidad corporal, y por ser deudor alimentario o moroso, que no cuente con registro vigente en algún padrón de deudores alimentarios.

El Tribunal Electoral de Coahuila condenó al alcalde de Monclova con licencia Alfredo Paredes, por violencia política de género, ejercida contra una miembro del Cabildo, con lo cual, el panista podría perder la posibilidad de ser candidato.

La sentencia del Tribunal Electoral de Coahuila indica que Alfredo Paredes ejerció violencia política de género contra la regidora de Morena, Delfina Villa Candelaria, quien denunció que Paredes López le negó información presupuestal, asignaron de recursos a la Comisión que ella preside y de negarle participar en asuntos generales en el Cabildo.

La sentencia refiere que “se tienen por acreditadas las omisiones y negativa atribuidas a las autoridades responsables, así como la violencia política contra la mujer, por razón de género”.

Además, el Tribunal Electoral de Coahuila, ordenó informar del resultado de la sentencia al Instituto Nacional Electoral y al Instituto Electoral de Coahuila para que sea inscrito en el Registro Nacional de Personas Sancionadas en Materia de Violencia Política Contras las Mujeres por Razón de Género, además de que sea informado la Fiscalía Especializada en Delitos Electorales.

Es importante mencionar que Alfredo Paredes tiene la posibilidad de acudir ante el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación para intentar revocar esta sentencia.

Aquí el enlace a la sentencia https://www.tecz.org.mx/v2/estrados2/visor_sentencias5.php?opcion=1#

 

Comentarios de Facebook